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Seguros de Transporte. Seguros referidos a la cobertura de daños ocasionados a un cargamento o embarque, que se produzca dentro de los límites geográficos y durante una vigencia específica señalada en las condiciones de la póliza; desde el almacén del suplidor hasta el almacén del asegurado. En el ramo de Seguros de Transporte, se ofrecen las pólizas de transporte terrestre, transporte aéreo, transporte marítimo y transporte fluvial o lacustre.
Coberturas
Glosario de Términos del Seguro de Carga. Agravación de Riesgos Es la modificación o alteración posterior a la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de ocurrencia o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El tomador del seguro o el asegurado deberán, durante el curso del contrato, comunicar al Asegurador todas las circunstancias que agraven el riesgo. Arbitraje Es el sistema de solución de controversias previstos en los contratos de seguro con arreglo al cual se encomienda la resolución del conflicto a la decisión de un juez árbitro quien con arreglo a los antecedentes del caso determina la procedencia de los argumentos de las partes mediante la dictación de una sentencia con carácter vinculante para las partes. Asegurado Es la empresa, titular del interés sobre cuyo riesgo se toma el seguro. En el sentido estricto, es la mercancía que queda libre del riesgo y sobre la cual recae la cobertura del seguro. Asegurador Es la empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia de Valores y Seguros Aviso o Denuncia de Siniestro Documento o comunicación por el que el asegurado informa a su asegurador la ocurrencia de determinado hecho o accidente, cuyas características guardan relación, en principio, con las circunstancias previstas en la póliza para que proceda la indemnización. Beneficiario La empresa prevista en la póliza de seguro que recibe la indemnización o prestación convenida. Buena Fe
Principio básico y
característico de todos los contratos que obliga a las partes a actuar
entre sí con la máxima honestidad, no interpretando arbitrariamente el
sentido recto de los términos convenidos, ni limitando o exagerando los
efectos que naturalmente se derivarían del modo en que los contratantes
hayan expresado su voluntad y contraído sus obligaciones. Capital asegurado Es el monto máximo pagadero en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de la póliza. Cláusulas de Uso General Son aquellas cláusulas que por su naturaleza, tipo o finalidad permiten su uso común o general en los distintos modelos de pólizas registrados que no contengan tal estipulación específica, tales como reglas de solución de dificultades o controversias, resolución de contrato por no pago de prima y cláusula de acreedor prendario o hipotecario. Cláusulas Adicionales Son aquellas cláusulas accesorias a uno o más textos de pólizas determinados, que permiten extender o ampliar las coberturas comprendidas en las condiciones generales de un texto registrado, incluyendo riesgos no contemplados o expresamente excluidos, o eliminando restricciones, condiciones u obligaciones que afecten o graven al asegurado o contratante. Cláusulas Alternativas Son aquellas cláusulas sustitutivas de un artículo o cláusula completa de un texto de póliza registrado. Cobertura Responsabilidad asumida por un asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el límite estipulado, del riesgo y las consecuencias económicas derivadas de un siniestro. Condiciones Generales Son las cláusulas de los contratos tipo que deben utilizar las entidades aseguradoras en la contratación de los seguros, que contienen las regulaciones y estipulaciones mínimas por las que se rige el contrato respectivo, tales como, riesgos cubiertos y materias aseguradas, exclusiones de cobertura, derechos, obligaciones y cargas del contrato, etc. Condiciones Particulares Son aquellas estipulaciones que regulan aspectos que por su naturaleza no son materia de condiciones generales y que permiten la singularización de una póliza de seguros determinada, especificando sus particularidades tales como, requisitos de aseguramiento, individualización del asegurador, contratante, asegurado y beneficiario, deducibles, etc. Deducible Cantidad que se establece en algunas pólizas como cantidad o fracción porcentual que es de cargo del asegurado, y no indemnizable por el Asegurador. Duración del Seguro (Vigencia) Es el período durante el cual el asegurador toma bajo su cargo los riesgos cubiertos por la póliza. Se encuentra mencionado en las condiciones particulares de la póliza. Endoso Documento que da cuenta de una modificación por escrito de la póliza. Exclusiones Son las circunstancias o hechos exceptuados de cobertura, y que se encuentran taxativamente enunciados en la póliza. Indemnización La cantidad o prestación de cargo del asegurador en caso de siniestro, de acuerdo a las condiciones de la póliza. Informe de Liquidación Documento emitido por un liquidador de siniestros dentro del contexto del procedimiento de liquidación de un siniestro, que se pronuncia técnicamente sobre la procedencia de la cobertura y la determinación de la pérdida y la indemnización, si esta procede. Señala el valor real del bien siniestrado y el procedimiento empleado para obtenerlo. Liquidación de Siniestro Procedimiento establecido para ajustar los daños provocados por un siniestro, determinar la procedencia de la cobertura contratada en la póliza y el monto de la indemnización a pagar si corresponde. Pérdida Total Aquella que supone la destrucción completa o la privación irremediable del bien asegurado, o de tal modo que el daño lo hace perder definitivamente la aptitud para el fin a que estaba destinado. Constituirá pérdida total del bien asegurado el siniestro que ocasione un daño de a lo menos tres cuartas partes de su valor. Póliza de seguro Es el instrumento con que se perfecciona y prueba el contrato. Debe contener todas las normas que de forma general, particular o especial regulan la relación contractual convenida entre el Asegurador y el Asegurado Prima Es la retribución o precio del seguro cuyo pago es de cargo del contratante o asegurado. Principio Indemnizatorio Regla básica en materia de seguros por la cual el valor de la indemnización tendrá su límite en el monto del daño causado, no pudiendo transformarse en objeto de lucro o ganancia para el asegurado. Riesgo Es la probabilidad de ocurrencia de un siniestro. Es la posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el siniestro previsto en las condiciones de póliza. Riesgos Inasegurables Son aquellos que quedan fuera de la cobertura general por parte de las Aseguradoras. Seguro Contrato por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima a abonar, dentro de los límites pactados, un capital u otras prestaciones convenidas, en caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. El seguro brinda protección frente a un daño inevitable e imprevisto, tratando de reparar materialmente, en parte o en su totalidad las consecuencias. El seguro no evita el riesgo, resarce al asegurado en la medida de lo convenido, de los efectos dañosos que el siniestro provoca. Seguro de Crédito Aquel que tiene por objeto indemnizar el daño que sufra una persona por el incumplimiento de sus deudores, de las obligaciones en dinero o de crédito de dinero que tenga para con él. Seguro de Garantía Aquel por el que el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites establecidos en la ley o en el contrato. Seguro de Transporte (terrestre – marítimo – aéreo) Aquel por el que una entidad aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercaderías. Estos daños pueden afectar al objeto transportador (seguro de casco) o a las propias mercaderías transportadas. Siniestro Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera la obligación de indemnizar al Asegurador. Terminación del seguro Se refiere al hecho que pone fin a la vigencia del contrato de seguro, ya sea por la llegada del plazo de duración pactado, por el no pago de primas o por la ocurrencia del siniestro.
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